Arresto injusto.
Un arresto sin causa probable es una incautación irrazonable que la Cuarta Enmienda prohíbe.
Soy Orlando Rodríguez, abogado litigante. La oficina está en Houston y solo tomo casos de arrestos ocurridos en Texas. Tomo muy pocos casos de arresto injusto. Que le hayan retirado o desestimado los cargos, por sí solo, no es un caso: la pregunta que hace la corte es si el oficial tenía causa probable en el momento del arresto, y la ley no exige mucho para eso. Los casos que tomo son los que tienen días en la cárcel sin que jamás le presentaran cargos, una lesión, o un reporte que un oficial inventó.
Estos asuntos los reviso primero por escrito, con el cuestionario que está al final de esta página, no por teléfono. Leer lo que pasó es la forma más justa de decirle pronto si es un caso que puedo tomar, y si lo es, tendrá noticias mías. Tenga a la mano el documento de la desestimación, la hoja de ingreso o el registro de la cárcel, la fecha y la agencia, y cualquier video. Sin honorarios si no ganamos.
Un arresto es una incautación de su cuerpo por el estado. Cuando pasa sin causa probable, se violó la Constitución, y esa violación puede ser un reclamo.
La Cuarta Enmienda permite un arresto solo con causa probable, es decir, con hechos que llevarían a un oficial razonable a creer que se cometió un delito. Un arresto construido con menos que eso, con una corazonada, un rencor, una identidad equivocada o una versión inventada, es un arresto injusto. Cuando un oficial empuja un caso sin base hasta convertirlo en cargos, también puede entrar en juego el reclamo relacionado de procesamiento malicioso.
Estos casos dependen de lo que el oficial de verdad sabía en el momento del arresto. Los reportes, los registros del despacho, el video y las versiones de los testigos se usan para reconstruir eso, y para poner a prueba la justificación declarada contra los hechos sobre el terreno. Como en todo reclamo contra un funcionario, la inmunidad calificada está en medio, y superarla exige el mismo trabajo preciso guiado por el precedente.
Lo que escribo para mi gente sobre esto:
La ciencia y el oficio detrás de estos casos, desde mi escritorio:
¿Es este un caso que puedo tomar?
Casi todos los días alguien me cuenta de una parada de tránsito que se sintió mal, y lo escucho. Que un oficial lo trate mal es real, y se queda con uno. Pero los casos que de verdad puedo llevar a la corte federal son algo más estrecho de lo que la mayoría espera. Leer las dos listas de abajo le dirá, en un minuto, si el suyo es uno en el que puedo ayudar. Le ahorra una llamada, y le ahorra a las personas con los casos más fuertes el tiempo que les debo.
✓Un oficial usó fuerza y usted salió lastimado: golpeado, tirado al suelo, con taser, con un disparo, o mordido por un perro policía.
✓Después necesitó atención médica, como puntadas, sala de emergencias, cirugía, un hueso roto o una lesión duradera.
✓Alguien salió gravemente lastimado o murió en una cárcel o bajo custodia, o le negaron atención médica evidente ahí.
✓Lo tuvieron días detenido sin que jamás le presentaran cargos, o lo arrestaron con base en un reporte que un oficial inventó.
✓La policía entró o registró su casa sin orden judicial y sin su permiso.
·Una parada de tránsito o una multa donde nadie salió lastimado físicamente.
·Que lo hayan parado, interrogado o registrado durante una parada, cuando terminó sin fuerza y sin lesión.
·Un oficial fue grosero, poco profesional o deshonesto, pero no causó daño físico.
·Que le hayan retirado o desestimado los cargos, por sí solo, cuando salió en menos de un día y nadie resultó lastimado.
·Una parada que usted cree que fue injusta o por su raza, pero que terminó sin fuerza, sin lesión y sin un arresto ilegal.
Esta es la verdad honesta, no una forma de quitárselo de encima. La inmunidad calificada detiene la mayoría de los reclamos por paradas sin lesión antes de que un jurado los escuche, y prefiero decírselo ahora que dejarlo esperando una llamada.
Si el suyo está en la lista de la izquierda.
Los asuntos de derechos civiles los reviso por escrito, y tomo muy pocos. El cuestionario hace las preguntas correctas, una a la vez; yo leo cada respuesta personalmente, y si el suyo es un caso que puedo tomar, tendrá noticias mías. Tengo licencia en Texas y atiendo casos de Texas. Sin honorarios si no ganamos.
Cuénteme su casoPor escrito primero, a propósito. Me deja ver lo que pasó antes de que hablemos, y es la forma más justa de decirle pronto si es un caso que puedo tomar.