El que tiene la autoridad es el que decide, y a los demás les toca obedecer. En la ley de Texas el dicho tiene otra mitad: el que manda también responde.
Donde manda capitán, no gobierna marinero. Todos lo hemos oído en el trabajo, casi siempre para que nos callemos. La ley de Texas lo oye de otra manera: si tú mandas, tú respondes.
Empieza por el trabajador. Muchas veces la empresa dice que no eres su empleado, que eres contratista, y que por eso no te toca nada. La Corte Suprema de Texas no pregunta cómo te llaman. Pregunta quién tiene el derecho de controlar el avance, los detalles y los métodos del trabajo. Si el mayordomo te dice a qué hora llegar, qué hacer y cómo hacerlo, con las herramientas de la compañía, el capitán es la compañía, aunque te pague en efectivo. Y la ley de compensación laboral dice que un contrato de trabajo cuenta aunque sea de palabra.
Ahora al revés. Cuando el chofer de una empresa te choca haciendo su trabajo, la pregunta no se queda en el chofer. La empresa que manda sobre ese trabajo puede tener que responder por lo que hizo su empleado, siempre que lo haya hecho dentro de las tareas que le tocaban. Y en el autotransporte, las reglas federales le dan el control del camión rentado a la compañía bajo cuya autoridad anda el camión. El capitán no se puede esconder detrás del marinero.
Por eso, después de un accidente en el trabajo o en la carretera, apunta quién daba las órdenes: el nombre del mayordomo, los mensajes con los horarios, el logo en el camión, el número del DOT pintado en la puerta. El que manda deja huella, y esa huella dice quién va a tener que responder.
Donde manda capitán, no gobierna marinero. Y donde manda capitán, el capitán responde.
Este dicho es una reflexión general; no describe ni promete el resultado de ningún caso. Cada caso depende de sus propios hechos y de sus propios plazos. Sobre la prueba del control: Limestone Products Distribution, Inc. v. McNamara, 71 S.W.3d 308 (Tex. 2002) (en inglés). Información general, no asesoría legal.