Muerte por negligencia.
Cuando alguien murió y otra persona lo causó, la ley de Texas da dos reclamos: uno para la familia y otro para la sucesión. Juntos responden por lo que se perdió y por lo que se sufrió.
Si usted está aquí porque alguien de su familia murió y otra persona lo causó, el caso es real. La ley no le pide probar el tamaño de su pérdida. Le pide probar lo que pasó, quién es responsable y cuánto le va a costar a los que quedaron.
Esta página está escrita para dos lectores a la vez. La primera parte es para la familia y responde a las preguntas que escucho en la primera llamada: qué es el caso, quién lo puede presentar, para qué es el dinero y cuánto tiempo tiene. Más abajo, la página se vuelve al marco estatutario del Capítulo 71 del Código de Práctica Civil y Recursos de Texas, las reglas de los beneficiarios, las categorías de daños, el reloj de dos años y los tipos específicos de casos que esta práctica lleva. Los dos lectores tienen toda la página. Empiece por la sección que necesita primero.
Los primeros sesenta segundos
Dos reclamos que corren juntos. El reclamo por muerte por negligencia, para la familia, cubre sus propias pérdidas ahora que la persona no está: sustento económico, guía, compañía. El reclamo de supervivencia, para la sucesión, cubre lo que la persona misma sufrió entre la lesión y la muerte.
El cónyuge, los hijos y los padres sobrevivientes. Los hijos adoptivos están incluidos. Los hermanos y los nietos no son beneficiarios estatutarios. Si nadie de la familia elegible presenta el reclamo dentro de tres meses, el representante de la sucesión lo puede hacer.
Para la familia, la pérdida del sustento, los servicios del hogar, la compañía, la guía y la angustia mental. Para la sucesión por el reclamo de supervivencia, el dolor consciente de la persona antes de morir, los gastos médicos y los gastos funerarios. Donde se pruebe negligencia grave, hay daños ejemplares.
Por lo general, dos años desde la fecha de la muerte. Contra una entidad gubernamental, se necesita aviso escrito dentro de seis meses del incidente, y algunas ciudades piden menos. Trabaje desde la fecha más temprana posible, no la más tarde.
Qué casos tomo, y cuáles no
Los casos que llevo son muertes por negligencia que nacen de una lesión seria: choques de camión y de carro, incidentes industriales y del trabajo, eventos médicos con negligencia clara y evidencia dentro de los plazos, defectos de producto, propiedades con seguridad inadecuada y muertes de derechos civiles bajo custodia policial o de cárcel. Algunos son casos estatales; algunos son federales. Todos se construyen desde el primer día posible.
Los casos que no tomo, honestamente, son aquellos donde el plazo ya se cumplió, donde la conexión con la culpa es demasiado especulativa para construirse, o donde otro abogado u otro tipo de ayuda le va a servir mejor a la familia. Si no puedo tomar su caso, se lo digo, y le digo a dónde ir. Esa es la promesa del sitio.
Los patrones que más escucho, contestados con honestidad: cuáles suelen ser casos, cuáles no y a dónde ir en cualquier caso. Lea esto primero → O vea a dónde más acudir.
El marco estatutario
La ley de muerte por negligencia y de supervivencia de Texas vive en el Capítulo 71 del Código de Práctica Civil y Recursos. Es una concesión estatutaria específica, no un derecho de common law, y su forma vale la pena leerla con cuidado porque el caso se construye sobre ella.
La ley de muerte por negligencia (Subcapítulo A, secciones 71.001 a 71.012) permite un reclamo cuando la muerte de un adulto o un niño es causada por el acto indebido, la negligencia, el descuido, la falta de habilidad o el incumplimiento de una persona o entidad. El reclamo compensa al cónyuge, los hijos y los padres sobrevivientes por sus propias pérdidas. No compensa a la sucesión, y no compensa a la persona fallecida.
La ley de supervivencia (Subcapítulo B, secciones 71.021 y 71.022) permite que la causa de acción personal del fallecido, incluidos el dolor y la angustia mental entre la lesión y la muerte, sobreviva a la sucesión y sea presentada por el representante personal. La recuperación se hace parte de la sucesión y se distribuye por testamento o por las leyes de sucesión intestada.
Los dos estatutos alcanzan más allá de la negligencia ordinaria. Un reclamo por muerte por negligencia o de supervivencia puede construirse sobre negligencia común, negligencia grave, responsabilidad del producto, responsabilidad de la propiedad, negligencia médica con las reglas procesales del Capítulo 74 o actos intencionales. Lo que sea el daño subyacente da forma a cómo se prueba el caso, pero los vehículos de muerte por negligencia y supervivencia son los mismos.
Quién puede presentar el reclamo
La Sección 71.004 fija los beneficiarios. Son el cónyuge, los hijos y los padres sobrevivientes del fallecido. Los hijos adoptivos tienen el mismo estatus que los biológicos. Los hijos dados en adopción y los hijastros por lo general no califican. Los hermanos y los nietos no son beneficiarios estatutarios, y sus pérdidas, por reales que sean, no son compensables por la ley de muerte por negligencia.
Cada miembro de la familia elegible tiene un reclamo independiente. En la práctica, los reclamos se presentan juntos en una sola demanda por eficiencia, pero cada uno se valora por sus propias pérdidas. La recuperación no se divide en partes iguales por defecto. Un cónyuge que dependía materialmente y un hijo que ya no vivía en la casa pueden terminar con distribuciones muy distintas del mismo veredicto.
Si nadie de la familia elegible presenta el reclamo dentro de tres meses de la muerte, el representante personal de la sucesión puede presentarlo, a menos que la familia lo pida expresamente. Este mecanismo es una red de seguridad para familias que están demasiado adoloridas para actuar, no una invitación a que la sucesión desplace a la familia.
Qué cubren los daños
Los daños de muerte por negligencia recuperables por la familia se miden por lo que la familia perdió cuando la persona murió. Incluyen la pérdida pecuniaria del sustento y de los servicios del hogar, la pérdida del cuidado, el mantenimiento, la compañía, la sociedad y la guía, la angustia mental y la pérdida de herencia. La pérdida de herencia es el monto que el fallecido probablemente habría añadido a la sucesión durante su expectativa de vida natural y les habría dejado a los beneficiarios, reducido a valor presente. Es una categoría de daño en la que un jurado rara vez piensa por su cuenta.
Los daños de supervivencia recuperables por la sucesión se miden por lo que sufrió el fallecido. Incluyen el dolor consciente y la angustia mental entre la lesión y la muerte, los gastos médicos y hospitalarios razonables y necesarios y los gastos funerarios y de entierro razonables. Donde la lesión y la muerte fueron casi instantáneas, los daños de supervivencia pueden ser modestos. Donde la persona sobrevivió horas o días en dolor evidente y conciencia, no lo son.
Los daños ejemplares están disponibles en ambas vías cuando la prueba clara y convincente establece negligencia grave, malicia o fraude. Texas pone un tope a los daños ejemplares bajo la Sección 41.008 del Código de Práctica Civil y Recursos, pero el tope tiene excepciones importantes y no aplica en toda categoría de caso. Una teoría de negligencia grave bien planteada no es un adorno del caso; es una decisión estratégica que la defensa responde durante meses.
El reloj de dos años, y los más cortos
La Sección 16.003(b) del Código de Práctica Civil y Recursos fija el plazo para muerte por negligencia en dos años desde la fecha de la muerte. El reclamo de supervivencia subyacente corre en el mismo reloj de dos años desde la lesión bajo la Sección 16.003(a), y cuando la lesión y la muerte están cerca en el tiempo, los dos relojes convergen. Dos años suenan a mucho tiempo hasta que el caso está encima y la prueba empezó a escaparse.
Contra una entidad gubernamental, el plazo práctico es más corto, muchas veces mucho más. La Ley de Reclamos por Agravios de Texas exige aviso escrito del reclamo a la unidad del gobierno responsable dentro de seis meses del incidente bajo la Sección 101.101, y muchas ciudades autoregidas imponen plazos de carta aún más cortos, a veces noventa días, a veces cuarenta y cinco. El aviso escrito no es la demanda, y darlo no compromete a la familia a presentarla. Pero fallar en darlo puede terminar un caso antes de que empiece.
Un reclamo federal de derechos civiles por muerte bajo 42 U.S.C. Sección 1983 en corte federal se rige por el plazo estatal de lesiones personales, que en Texas es de dos años, pero no tiene requisito de aviso estatal ni tope de daños estatal.
Culpa comparativa
La Sección 33.001 del Código de Práctica Civil y Recursos reduce la recuperación según la parte de responsabilidad del fallecido y la impide por completo si esa parte pasa del cincuenta por ciento. La defensa trabajará duro, desde la primera declaración de la aseguradora, para mover el porcentaje sobre la persona que ya no puede hablar por sí misma. Un caso de muerte por negligencia se construye desde el principio con esa presión en mente: preservar la escena, preservar el vehículo, preservar el ELD, preservar el video, poner a los testigos en el registro y responder a la narrativa de culpa comparativa con pruebas más que con argumentos.
Cuando el demandado es el gobierno
Un caso de muerte por negligencia contra una ciudad, un condado, el estado o una agencia estatal es un caso distinto al de un demandado privado. La Ley de Reclamos por Agravios de Texas, Capítulo 101 del Código de Práctica Civil y Recursos, renuncia a la inmunidad soberana en categorías estrechas, en su mayoría de vehículos operados por empleados gubernamentales y defectos de propiedades gubernamentales. También pone topes a los daños por tipo de demandado, y esos topes son mucho más bajos que las recuperaciones que un caso serio de muerte por negligencia sostendría de otra manera.
Un reclamo federal de derechos civiles bajo 42 U.S.C. Sección 1983 es una vía separada cuando un policía o guardia causó la muerte por uso excesivo de fuerza, indiferencia deliberada a una necesidad médica seria o una política o costumbre del municipio. El reclamo federal no tiene tope de daños estatal ni requisito de aviso estatal, y su prueba de derecho claramente establecido gira sobre la doctrina de la Cuarta y la Decimocuarta Enmienda desarrollada en casos como Graham v. Connor y su progenie en el Quinto Circuito. Vea las entradas del Expediente Nocturno abajo para cómo se mueve esa doctrina.
Los tipos de casos que se llevan aquí
Los choques de vehículo comercial son la vía de mayor valor en muerte por negligencia en Texas porque un tráiler a velocidad de carretera es un problema de física que el cuerpo del conductor no puede resolver. Las Regulaciones Federales de Seguridad de Autotransportes, los datos del ELD y los archivos de contratación de la compañía todos entran en juego.
Accidentes de Camión y Tráiler →Un choque de carro que mata no es una versión más grande de un choque que lastima. La prueba se preserva distinto, la póliza de seguro se traza temprano, y el caso corre por la ley de muerte por negligencia más que por la vía ordinaria de lesiones.
Accidentes de Auto →La compensación laboral no es el techo cuando una muerte ocurre en el trabajo. Los empleadores no suscritos pueden demandarse directamente bajo la Sección 406.033 del Código Laboral; los terceros en el sitio, los fabricantes de equipos y los dueños de la propiedad siguen siendo alcanzables incluso cuando la compensación aplica.
Accidentes Industriales →Las muertes causadas por uso excesivo de fuerza o indiferencia deliberada a necesidades médicas serias en custodia policial o de cárcel proceden bajo 42 U.S.C. Sección 1983 en corte federal. Sin tope de daños, sin aviso estatal y con una doctrina que se mueve rápido en el Quinto Circuito.
Derechos Civiles →Las muertes por defecto de producto y por responsabilidad de la propiedad corren por el Capítulo 82 y por la doctrina de propiedad respectivamente. Los casos de seguridad inadecuada contra complejos de apartamentos, hoteles y dueños comerciales son su propia subcategoría.
Lesiones Personales Graves →Un caso médico de muerte por negligencia corre por el Capítulo 74, con su requisito de informe de experto dentro de 120 días de presentación, sus topes de daños no económicos y sus excepciones de atención de emergencia. Negligencia clara y expedientes preservados son el filtro del caso.
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